Certificado Único Habilitante para la Circulación (CUHC)

              A partir del lunes 6 de Abril, el Certificado Único Habilitante para la Circulación, será el único permiso válido para transitar por la vía pública, para quienes se hallen comprendidos dentro de las actividades y servicios declarados esenciales durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado ante la pandemia del coronavirus.






No necesitan el certificado las personas que realicen desplazamientos mínimos para el aprovisionamiento de alimentos, artículos de limpieza y medicamentos. 




Declaración Jurada


Para las personas que deban asistir a otras con discapacidad, familiares que necesiten asistencia y a personas mayores. DESCARGAR




Para las personas que deban asistir a niños, niñas y adolescentes.DESCARGAR

Por razones de fuerza mayor, definido como eventos contingentes, impostergables y extracodianos (por ejemplo mujeres solas o con sus hijos que deban salir de sus domicilios ante situaciones de violencia que requieran denuncia penal, asistencia, auxilio o protección) https://permisostransito.mseg.gba.gov.ar/